¿Vacaciones y custodia compartida?

 

 

3 de julio de 2006

 

 

Llegaron por fin las ansiadas y esperadas vacaciones, tanto para los niños, adolescentes y jóvenes en edad de estudiar, como para los adultos. Enormemente esperadas, pues soy padre separado (también he sido profesor y sé lo que las vacaciones significan para los profesores y los alumnos después de un larguísimo curso escolar.)

Ya están aquí las vacaciones, por fin llegaron. Por fin voy a poder gozar de la compañía de mi hija de ocho años, y ella de la compañía de su padre durante un "tiempo suficiente". Algunos que lean estas líneas dirán qué ¿a cuento de qué dirá esto este buen hombre? Pues muy sencillo, mi hija pasa conmigo apenas una semana al mes. Y algunos seguirán preguntando ¿Es que este señor es una mala compañía que su hija ha de evitar por algún motivo?

Pues miren ustedes: esa semana al mes (muchos padres no pasan con sus hijos más allá de cuatro días al mes) la conseguí tras un acuerdo-trampa con mi ex mujer (no exento de coacciones y amenazas diversas) y con la complacencia de un señor juez y un señor fiscal de familia que es de suponer que estar para velar por "el interés superior de los menores".

El argumento que se utilizó era que me debía dar por satisfecho, que bastante que me concedía "tanto tiempo" (se entiende que era la madre de mi hija la que nos concedía a mi y a nuestra hija "estar tantísimo tiempo juntos") Esos "grandísimos" periodos de estancia de mi hija conmigo pasan en un "santiamén", cada separación está llena de una enorme tristeza: Papá, y ¿no me puedo quedar un poquito más? Y ¿por qué no me puedo quedar esta noche a cenar contigo y a dormir en tu casa.? Hija es que "no toca".

Todos los veranos, desde hace cinco años, me pregunto lo mismo ¿es justo un sistema en el que las madres pueden decidir, cuando se separan de sus maridos, cuánto tiempo pueden pasar sus hijos con sus padres? ¿por qué se me niega la custodia compartida de mi hija durante el curso escolar, y sí es admisible durante las vacaciones estivales? ¿por qué "se me permite" pasar con mi hija casi la mitad del verano y no en primavera, otoño e invierno? ¿es que en la otras estaciones del año hay una epidemia de "padritis" de la que hay que preservar a mi hija a toda costa?

¿Por qué mi hija puede cambiar de domicilio "sin traumas" cada quincena en la época estival y no puede, ni debe, hacerlo durante el resto del año?

¿Acaso los hijos necesitan por igual a su padre y su madre durante el verano y, en cambio, necesitan sólo a la madre durante el resto del año? Tal vez a alguno le parecerá una obviedad lo que estoy preguntando, pero todo ello es motivo de grandes sufrimientos para los menores que son condenados a una orfandad estúpida, cruel y evitable y por otro lado una gran tragedia para cuantos padres (también alguna madre, aunque es una cantidad anecdótica) se ven privados del contacto con sus hijos.

Como decía, soy profesor jubilado, pasé una oposición y fui considerado apto, capacitado para educar a los hijos de otras personas; sin embargo la señora juez de familia y el señor fiscal de menores han decidido que "durante lo que dura el curso escolar" no estoy capacitado para educar a mi hija.

Otro día hablaremos de prevaricación...

Carlos Caldito Aunión. Badajoz

http://www.lavozdelanzarote.com/spip.php?article7765